viernes, 30 de noviembre de 2007

Y fue la mesa…



Y llegó el día, casi todo corrió sin contratiempos, digo casi, pues tuvimos que lamentar el robo del maletín de Marco Moreno (Map Singer)… pero pasado el mal rato nos enfocamos en los detalles de la mesa, … colocar una pizarra (por si Carlos necesitaba dibujar el espíritu absoluto), las galletas… probar el audio.

El “fuego cruzado” lo comenzó Juan a eso de las 19:20 hrs y en un tandem con Carlos fueron amablemente, una vez más, acercando el pensamiento de este filosofo.
Las más de dos horas que duro la mesa, en que se transito por la filosofía y lecturas de Hegel, fueron un abrir y cerrar de ojos, que al final hábilmente y casi de sorpresa se transformó desde el “entre ellos” al “ellos y la audiencia”…


Solo un rumor: dicen que ese mismo día se habría sellado otro encuentro, que llevaría por nombre: “HEGEL: ¿Un déjà vu literario?”

viernes, 16 de noviembre de 2007

MESA: DIALOGO SOBRE HEGEL


Les cuento que junto a un grupo de amigos emprendimos la tarea de organizar una mesa en torno a Hegel, con la idea de que la animaran nuestros profesores, Juan Ormeño y Carlos Pérez.

Lo que nos impulso, como amantes de lo inútil frente a estos tiempos en que campea el cálculo útil, la búsqueda de rendimientos concretos y resultados prácticos, es el hecho de tener la posibilidad de acceder, para público esencialmente amateur, a un espacio en que se estudia y revisa el legado de este filosofo, y conversar acerca de en qué sentido ese legado nos permitiría entender… (pongan ustedes el sujeto).
Pero esta apertura de espacios que en general están dadas para el mundo académico, el matriculado, ha sido posible, para nosotros, gracias a la voluntad de nuestros profesores de insistir en que las universidades son de todos los chilenos, es esto lo que principalmente queremos reconocer.

Pero es también la posibilidad de conmemorar los 200 años de la Fenomenología, algo así como el Coloquio chico sobre Hegel.

Bueno esta idea que nació de una conversación después de clases, de un día en el ya lejano y frío agosto, ha ido "tomando cuerpo", ha ido “vistiéndose”. Nuestros profesores están de acuerdo en dialogar en torno a este particular Filósofo, pero como seguramente podrían darse excesos, hemos logrado, gracias a la gestión de nuestra amiga Carola Bruna, contar con la presencia de Miguel Orellana como moderador y también gracias a la gestión de nuestro amigo Miguel Ruiz contamos con un lugar a la altura de este encuentro.

Resumiendo:

Mesa Sobre Hegel, dialogo entre Carlos Pérez y Juan Ormeño.
Modera: Miguel Orellana.
Cuando: el 28 de noviembre 2007 a las 19:00 hrs
Lugar: Vergara 275 auditorio de Psicología (primer subterráneo)


Favor difundir.











martes, 13 de noviembre de 2007

Hegel y el Prusianismo
T. M. Knox (1940) (*)

en “The Hegel Myths and Legends”, Cap. 5, pp. 70 – 81,
Editado por Jon Stewart, Northwestern University Press, Evanston, Illinois, 1996.

A pesar del esfuerzo de Bosanquet[1], Muirhead[2], Basch[3] y varios otros, todavía es muy frecuente afirmar, explícita o implícitamente, tanto en la literatura común como en la académica, que Hegel (1) elaboró su filosofía del estado pensando en complacer a los reaccionarios y conservadores gobernantes de la Prusia de su época[4], y (2) aprobó, apoyó y, a través de sus enseñanzas, se hizo parcialmente responsable de algunas de las características más criticadas del “Prusianismo” e, incluso, del nacionalsocialismo actual[5]. En este artículo me propongo entregar razones para refutar la injusta acusación de que Hegel, en tanto persona, haya sido servil hacia el régimen prusiano, y que, por otra parte, no hay nada en el texto de la Filosofía del Derecho que sostenga la acusación de que Hegel, en tanto filósofo, fuese un exponente del “Prusianismo” y del “horror”.

I

Después de ocupar un puesto como filósofo en Heidelberg por dos años, Hegel fue contratado como Profesor de Filosofía en Berlín en 1818, y realizó su Lectura Inaugural el 22 de Octubre del mismo año. Durante el invierno dio conferencias tanto sobre “Derecho Natural y Ciencia Política” (Naturrecht und Saatwissenschaft) como sobre su Enciclopedia. Más o menos por esa época, o un poco después, Hegel debe haber comenzado a escribir Derecho Natural y Ciencia Política en Esquema, o Elementos Fundamentales de la Filosofía del Derecho[6](Naturrecht und Staatwissenschaft im Grundrisse – Grundlinien der Philosophie des Rechts) como un manual para futuros cursos sobre el tema, el cual, en realidad, abarcaba jurisprudencia, ética y filosofía política. El libro no fue publicado hasta 1821.

La evidencia de que él comenzó a escribirlo poco después de su llegada a Berlín está contenida en una carta en una carta que Hegel envió a Friederich Creuzer, un ex colega en Heidelberg. Creuzer le había enviado una copia de la nueva edición de su trabajo acerca de mitología antigua, y Hegel le contesta (30 de Octubre de 1819) que se había demorado en enviarle sus reconocimientos porque había tenido la esperanza de corresponderle enviándole –aunque fuese muy pobre como correspondencia—“algunas hojas de mis secciones acerca de la Filosofía del Derecho”. Hegel estaba listo para llevar su libro a la imprenta cuando los Decretos de Carlsbad fueron emitidos. “Ahora que sabemos que no seremos censurados, me propongo imprimir inmediatamente”[7]. Como la Filosofía del Derecho está dividida en secciones, está claro que es a ese texto al que Hegel se está refiriendo. Para ser capaces de entender el resto de sus declaraciones, es necesaria una corta excursión por la historia.

El Congreso de Viena, que configuró el mapa de Europa en 1814, y que fue un triunfo para los conservadores, congregó diplomáticos para quienes las ideas revolucionarias provenientes de Francia eran anatema. Fue una derrota para Stein, quien por años había trabajado en pro de la unificación de Alemania, y que había tratado, a través de sus reformas, de dar a los alemanes libertad política y civil. Stein se retiró a la vida privada, pero fueron sus ideas las que llevaron, en 1815, a la formación de la Asociación de Estudiantes Alemanes, cuyo lema era “Honor, Libertad y Patria”. Dos años después, varios cientos de estudiantes provenientes de todos los rincones de Alemania celebraron un festival en el Wartburg como una demostración en pro de la libertad y de la unificación de Alemania. Fries, el predecesor de Hegel en su puesto en Heidelberg, fue uno de los oradores en esa ocasión, y su entusiasta discurso es el tema de algunas críticas en el Prefacio de la Filosofía del Derecho de Hegel.

En 1819, Kotzebue, el escritor, fue asesinado por un estudiante de apellido Sand debido a que era sospechoso de ser un espía ruso cuyas actividades eran hostiles a la causa de la libertad alemana. Este evento causó tal conmoción que el Gobierno de los Estados Germanos sintió que les daba la oportunidad de emprender acciones contra las ideas revolucionarias que predominaban en las universidades. Luego de una conferencia en Carlsbad, el Gobierno publicó lo que se conoce como los “Decretos de Carlsbad” el 20 de Septiembre de 1819. Estos edictos legalizaban una estricta censura de los periódicos y de los panfletos, así como la supresión de la Asociación de Estudiantes. En esa misma época, Fries fue despedido de su puesto en Jena. El 18 de Octubre los profesores universitarios de toda Prusia fueron oficialmente puestos al tanto de los decretos, además fueron informados de que todas sus publicaciones debían pasar por la censura; la exención de la censura de la que habían disfrutado las universidades prusianas, junto con la Academia Prusiana, estaba ahora suspendida.

Esta claro, por lo que Hegel le dice a Creuzer que su libro acerca de la Filosofía del Derecho había sido terminado para el 29 de Septiembre de 1819, la fecha de los Decretos de Carlsbad. Entre esa fecha y el 30 de Octubre, la fecha de la carta de Hegel, él fue oficialmente informado de la posición acerca de la exención de la censura que, hasta ese momento, habían disfrutado los profesores universitarios, es decir, fue informado que la exención estaba suspendida. Pero ya que la atmósfera de incertidumbre había pasado, Hegel se propuso seguir adelante con su libro y someterlo a la censura según los procedimientos ordinarios. El manuscrito fue enviado al editor, y parte del mismo parece incluso haber sido impreso en ese momento, debido a que existe un recibo, firmado por Hegel, fechado el 15 de Diciembre de 1819, reconociendo un paco a cuenta de los derechos de autor de su próximo libro acerca del Derecho Natural[8]. Sin embargo, habiéndolo pensado mejor, él debe haber decidido retrasar la publicación del libro hasta que la conmoción suscitada por el asesinato de Kotzebue hubiese pasado, porque la fecha que aparece en el prefacio es 25 de Junio de 1820, en tanto que la fecha de publicación que aparece en la primera página es 1821[9].

Lo que emerge de estos hechos es que, a pesar de la fecha que aparece en la primera página del libro, el libro de Hegel fue comenzado casi al momento de llegar éste último a Berlín. Esto podría, a primera vista, hacer plausible la conjetura de que, al entrar al servicio de Prusia, Hegel decidió escribir un libro de filosofía política que apoyase el statu quo prusiano. Sin embargo, su interés en el tema era anterior a 1818; había sido una de sus preocupaciones constantes incluso en sus días de estudiante. Por otra parte, las conclusiones que incorporaba en su texto tampoco eran sustancialmente nuevas. Sus opiniones se habían desarrollado, como uno podría esperar, con el paso de los años, pero no habían sufrido ningún cambio radical. De principio a fin, Hegel estuvo fascinado por lo que el veía como la unidad de la vida griega, y su problema siguió siendo el mismo: ¿cómo era posible compatibilizar la devoción individual de cada griego por su polis con el énfasis moderno en la importancia suprema de la individual? No hay casi nada en la Filosofía del Derecho que pudiera sorprender a los lectores de sus escritos más tempranos en filosofía política; en particular, la teoría del estado contenida en el libro publicado en 1821 es simplemente el mismo que esta contenido en una parte importante de la Enciclopedia de 1817, sólo que más trabajado, más afinado. Por lo tanto, no hay ningún sustento para suponer que, cuando Hegel se fue a Prusia, él comenzó por reconstruir su filosofía del estado para que ésta encajara con las mentes y con las prácticas de sus nuevos amos.

Por otra parte, la razón por la cual la publicación fue demorada por dieciocho meses, siendo que el libro estaba listo, difícilmente puede ser otra que miedo al censor. Pero, si había sido escrito para agradar al gobierno prusiano, ¿por qué tener miedo? La misma existencia del libro implicaba que éste contenía material que podía resultar desagradable a las autoridades tomando en cuenta su liberalismo.
Cómo podría Hegel superar las dificultades que era esperable que el censor pusiera a la publicación[10]. Tenía dos posible caminos a seguir. Él podía revisar su libro y aceptar el conservadurismo prusiano; o podía escribir un prefacio explicando que, aunque sus ideas eran más liberales que las de su gobierno, él compartía la oposición gubernamental a las ideas revolucionarias y a los peligrosos excesos a los que ellas podían llevar a sus seguidores. Este segundo camino fue el que Hegel adoptó. El prefacio, sin embargo, ha sido catalogado como “servil” porque (1) denuncia a Fries, (2) condena el Festival de Wartburg e (3) identificando lo real con lo racional justifica el statu quo.

1] Tiene que admitirse que, escribiendo como lo hizo, Hegel tenía el ojo puesto en el censor; y fue cruel el hecho de atacar a Fries –un ex colega como Privatdozent en Jena—cuando éste último estaba caído en desgracia y pasaba por duros momentos personales. Pero ¿está Hegel simplemente siendo servil o está explicando legítimamente su propia posición independiente en miras de satisfacer al censor? La segunda es la única respuesta que cuadra con los hechos.
Su pobre opinión de Fries era de larga data. En 1811, con ocasión de la publicación de la Lógica de Fries, (Hegel anotó someramente sus impresiones del libro: (Superficialidad, charla vaga –totalmente platitudinous—argumentaciones triviales, como las que acostumbramos a usar con los niños, narrativa vacía, desprovisto de precisión filosófica, etc.”[11]. Estas observaciones inéditas son más demoledoras que las contenidas en el prefacio de la Filosofía del Derecho, pero el contenido es el mismo. Las críticas a Fries en el prefacio no fueron hechas así porque esa era la orden; no eran esas las primeras críticas a Fries que Hegel publicaba. Hay una cáustica nota al pie acerca de él en la introducción a la Ciencia de la Lógica[12]publicada en 1812.
2] Si los ataques de Hegel a Fries no eran nada nuevo, ¿se apartaba su condena del Festival de Wartburg de sus convicciones, con el fin de agradar al censor? A primera vista puede parecer que eso es lo que ocurre. En dicho Festival los escritos de van Haller fueron quemados, y en la Filosofía del Derecho (par. 258) hay una crítica aguerrida al libro de van Haller –“ese welter de la crudeza”. El Festival fue una demostración a favor de la libertad –el leitmotiv del libro de Hegel-- y de la unidad alemana, de la cual él fue un profeta en su ensayo acerca de la constitución alemana, escrito en 1802, aunque no fue publicado hasta 1893. Sin embargo, no es hacia los objetivos del festival contra lo que Hegel eleva sus objeciones en el prefacio; es contra los métodos que se han adoptado para obtenerlos. El sentimiento y el entusiasmo, sostiene, son guías peligrosos: en esa instancia condujeron al asesinato de Kotzebue, y asesinar, however conscientiously committed, aún así es asesinar. Ese es el tema de una gran porción de la segunda parte de la Filosofía del Derecho, y la condena al Festival de Wartburg se sigue de esa argumentación; asumir adaptación a un régimen conservador no se requiere para hacerla. El Festival es específicamente condenado, en el prefacio, para evitar el malentendido de que la única alternativa a van Haller, condenado en el libro, es Fries.
3] La declaración “lo real (wirklich) es lo racional” fue malentendida por varios de los contemporáneos de Hegel en el sentido de que ésta implicaba que lo que existe (v. gr. el estado de Prusia) es racional, Hegel agregó varias frases explicativas en la segunda edición de la Enciclopedia, en 1827, para eliminar dicha apreciación equivocada. Debería haber estado claro, sin embargo, para lo s lectores de la Filosofía del Derecho que, cualquier cosa a la que Hegel se refiriera con su identificación de lo real y lo racional, él no intentaba justificar el statu quo, porque el estado racional descrito en la tercera parte del libro no era la descripción de ningún estado existente en la época (se ha dicho que es una descripción de Prusia, pero las diferencias son tan evidentes, como veremos en el apartado II de este artículo, que ningún contemporáneo de Hegel pudo, razonablemente, hacer dicha afirmación). Hegel, sin duda alguna, da un significado de su propia cosecha a la palabra wirklich, y explica su sentido mucho antes, en 1812, en la Ciencia de la Lógica, pero ese significado pudo haber sido aprehendido por un lector atento de la Filosofía del Derecho misma (v. gr. prefacio y par. 1) sin conocimiento de otros libros de Hegel.

Contra esta mirada de que el prefacio es simplemente una explicación de la posición general que Hegel sostendrá en el cuerpo del libro, y no “servil”, se aduce a veces la siguiente frase del prefacio: “Bei uns die Philosophie…eine offenliche, des Publikum berührende Existenz, vornehmlich oder allein im Staatdienste, hat” (“con nosotros [es decir, en Prusia, a diferencia de Grecia] la filosofía tiene una existencia abierta, una existencia que se toca con lo público, una existencia principal o únicamente al servicio del estado”). ¿Qué es lo que Hegel quiere decir exactamente aquí? Carrit, por ejemplo, interpreta esas palabras como una aserción de que “el ejercicio propio de la filosofía es al servicio del estado”[13] o de que “filosofía es la sirviente del estado”[14]. Ahora, como Hegel, en la Enciclopedia, adscribe la filosofía a la sección del Espíritu Absoluto, el cual trasciende el Espíritu Objetivo, la sección en la cual se ubica el estado, sería extraño que él sostuviera en la Filosofía del Derecho que lo más alto es sirviente de lo más bajo. Lo que la interpretación de Carrit parece pasar por alto es el sentido en el cual Hegel normalmente usa Existenz. Al hablar de la Existenz de la filosofía, Hegel está hablando de la existencia de la filosofía como una institución, como una organización del mundo objetivo. La diferencia entre Prusia y la antigua Grecia, en lo que incumbe a la filosofía, es que la antigua filosofía es un estudio organizado en las universidades, cuyos profesores son ex officio sirvientes civiles, es decir, “al servicio del estado”. Hegel simplemente está poniendo en claro un hecho obvio acerca de la filosofía, en tanto estudio organizado, en Prusia; él no hace ninguna aserción acerca del “ejercicio apropiado” de la filosofía o acerca de lo que la filosofía “tiene que ser”. No puedo encontrar nada en alemán que justifique el uso que hace Carrit de las anteriores palabras en cursiva, y nada en el significado que les da Hegel que justifique la acusación de servilismo contra él en la fuerza de su uso de esta frase[15]. No hay “servilismo” en sostener que, si un sirviente público no puede reconciliar su filosofía y sus lealtades, él debe renunciar a su oficio, si su oficio consiste en enseñar filosofía.

La cuestión acerca de si Hegel era un hombre de disposición arrastrada es relevante para considerar la acusación de que él truckled al gobierno prusiano. Para responder una pregunta como esa sería necesaria una biografía completa, pero aquí podemos hacer referencia a algunas acciones de Hegel durante su períaodo en Berlín (1818-31), cuando estaba al tope de sus facultades y de su fama, y cuando fue acusado de servilismo por Fries y por otros que estaban celosos de su éxito. En su juventud, Hegel había sido un entusiasta partidario de la Revolución Francesa como la evidencia práctica del derecho natural del hombre a la libertad. En 1826, en el aniversario de la toma de la Bastilla, Hegel hizo un brindis con sus estudiantes en honor del evento; “él explicó su significado y dijo que no había pasado un año en que no celebrara dicho acontecimiento de esa manera”[16]. En su juventud él había abogado por la unificación de Alemania; en Berlín se mantuvo fiel a ese ideal y no olvidó que él mismo era un alemán del sur. En 1826, por ejemplo, cuando fundó su Jahrbuch für wissenschaftliche Kritik, Hegel se esforzó por asegurar la cooperación de académicos bávaros y esperaba que el periódico pudiese ayudar a la causa de la unidad alemana[17]. Cuando se iba yendo de Heidelberg hacia Berlín, puso en su carta de renuncia que esperaba, al irse a Prusia, conseguir responsabilidades tanto administrativas como académicas[18]. Tal vez esperaba tener algín cargo en la Academia o alguna repartición en el Ministerio de Educación, pero esas esperanzas fueron vanas. Si Hegel era tan conservador como se ha sostenido, ¿por qué nunca le dieron algún puesto administrativo como esos?
Cuando su colega de Wette fue despedido de su puesto por escribir una carta de condolencias a la madre del asesino de Kotzebue, Hegel fue uno de los suscriptores de un fondo común para ayudarlo con sus dificultades económicas[19]. Hegel llevó consigo, desde Heidelberg, un ayudante, Carové, cuya membresía en la Asociación de Estudiantes lo lacía sospechoso tanto a la facultad en la universidad como al gobierno, y Hegel fue forzado a despedirlo. En su lugar nombró a van Henning, pero le tomó diez semanas que le confirmaran el nombramiento, porque van Henning también era sospechoso de simpatías demagógicas. En 1820 pagó la fianza de un estudiante arrestado por sospecha de disaffection[20]. A otro estudiante de Berlín, por la misma razón, se le prohibió concurrir a la universidad en 1819. Él acudió a Hegel por ayuda y, a pesar de los continuos esfuerzos de éste último, no se puedo lograr su reincorporación. Cuando se reincorporó en 1823, no fueron las demandas de Hegel sino las de otra persona las que consiguieron dicho resultado, Von Wittgenstein, von Kamptz, y otros “caza-demagogos”, quienes pueden ser llamados, con imparcialidad, “serviles”, atacaron a Hegel y atribuyeron la “alterada” mente de los estudiantes en parte al poco saludable “misticismo” y “panteísmo” de su filosofía.

Es difícil que hechos como estos –y el Dr. Hoffmeister añade otros—encajen en una imagen de Hegel como un reaccionario conservador, el aliado confiable del régimen prusiano. Como otras personas, Hegel tenía sus fallas, pero el servilismo no era una de ellas.


II

Hasta el momento nos hemos preocupado de Hegel como persona y de sus relaciones con el gobierno prusiano. Ahora enfoquémonos en la Filosofía del Derecho para descubrir si realmente contiene adulaciones a Prusia o aprobación por los aspectos del prusianismo y del nacionalsocialismo que son comúnmente criticados en este país. Si el libro contiene cosas así, será difícil explicar por qué la influencia de Hegel en Alemania se desvaneció tan rápidamente después de su muerte, o por qué sus trabajos nunca fueron impresos en la época de mayor prosperidad del prusianismo. Los lectores ingleses a veces olvidan que, cuando Hegel fue traducido al inglés en la década de 1890, su filosofía estaba muerta en Alemania.

El estado racional que Hegel describe en la última parte de la Filosofía del Derecho no es, él explica, ningún estado existente; la filosofía política no es lo mismo que el estudio empírico de las instituciones políticas. Aún así, muchas veces se ha dicho que Hegel identificó el estado racional con la Prusia de su época. Eso es imposible; las diferencias entre lo que él respetaba como instituciones políticas “racionales” y aquellas bajo las cuales él realmente vivió son demasiadas y demasiado chocantes. Tres de ellas pueden ser mencionadas brevemente aquí[21]: (1) Hegel sostiene que la “libertad subjetiva” requiere de un juicio con un jurado; las circunstancias del hecho se deben resolver por los iguales del demandado (secciones 219 y sgtes.). En Prusia no había juicios con jurado cuando el libro fue publicado. (2) Hegel aboga por un gobierno parlamentario, y es con ciertas dificultades que logra describir la constitución de las dos cámaras y la forma de designar a sus miembros. Más adelante, Hegel aboga porque los procedimientos del parlamento sean públicos –todo esto en interés, una vez más, de la “libertad subjetiva”. Él apoya la monarquía, pero sólo la monarquía de un tipo muy limitado (constitutionelle Monarchie) que sea compatible con la libertad; es decir, aunque el monarca esté a la cabeza del estado, sus funciones son restringidas; él es un órgano del cuerpo político, el ejecutivo y el legislativo son los otros dos (secciones 275-315). Prusia, en la época de Hegel, era una monarquía absoluta y los estados no se reunían como un parlamento. Stein había propuesto dar a Prusia una “constitución”, pero no la recibió durante la vida de Hegel. (3) Hegel lucha por la libertad de prensa y porque se permita la libre expresión de la opinión pública. Es verdad que él pensaba que había límites a esta libertad, pero el punto relevante es que él sostenía que a la libertad personal se le robaban sus derechos si el individuo no era libre de tener opiniones propias y poder expresarlas (secciones 316-19). Ya hemos visto en este artículo que en la Prusia de la época no se disfrutaba de una libertad como esa[22].

Hegel pensaba que lo que Platón había descrito en la República no era una utopía ni castillos en el aire, sino la esencia racional (la ti en einai) de la vida política griega, y en más de un lugar él desarrolla sus propias perspectivas, en contraste con Platón, de una forma que sugiere que estaba tratando de hacer para el mundo moderno lo que él consideraba que había hecho Platón para Grecia. Su estado racional, entonces, es una descripción de la esencia de la vida política moderna, ejemplificada hasta cierto grado en los estados existentes, mal ejemplificada sin embargo, tal como la esencia de la humanidad está ejemplificada hasta cierto grado en un lisiado. Ahora Hegel sostiene que en cualquier cosa finita debe haber una discrepancia entre lo que está implícito y lo que está explícito; v. gr., un hombre es un hombre, a diferencia del animal, en virtud de su racionalidad, e implícitamente, o en esencia, o en principio, cualquier hombre particular es racional; en realidad, sin embargo, el hombre puede actuar en contra de esta racionalidad, aunque él no deje de ser humano por actuar de tal modo, es decir, el se mantiene racional en esencia. Sin embargo, si él aprende, que la racionalidad es su esencia, y cree eso, podrá comportarse más de acuerdo a su genuina humanidad, es decir, a su racionalidad. De forma parecida, un mal estado es todavía un estado sólo porque la concepción o la esencia de la vida política funciona en su interior; y si llega a reconocer que sus instituciones o sus acciones chocan con la concepción o con la esencia que lo hacen un estado, procederá a reformarse y llevarse a ser más de acuerdo con dicha concepción o dicha esencia. Es esta esencia la que Hegel describe en la Filosofía del Derecho, y su libro llega a ser, por lo tanto, una invitación a los estadistas para que reformen sus estados de acuerdo con sus principios, principios que Hegel dice no haber inventado sino haber discernido ya funcionando (wirkend, es decir, wirklich), en distintos grados, en estados existentes, y es justamente en virtud de ese hecho que es posible denominarlos estados. Entonces, es justamente lo contrario de la verdad tomar el libro de Hegel como una justificación del status quo.

Pero seguramente se dirá que, incluso si esta interpretación es correcta en su conjunto, aún hay detallados pasajes en el libro de Hegel donde (1) afirma o deja implícito que el poder constituye derecho, (2) defiende la supresión de la libertad de conciencia, y (3) sostiene que el individuo es un simple medio para los fines del estado.

1.- Carritt, por ejemplo, dice que al adoptar el epigrama de Schiller, Die Weltgeschichte ist das Weltgericht, Hegel “francamente identifica el poder con el derecho”[23]. Es cierto que dicho epigrama puede ser adoptado por un pensador que intente hacer la mencionada identificación, pero ¿estaba Hegel intentando hacer eso? En la Filosofía del Derecho (fn. a la secc. 258), él distingue entre la defensa deque Van Haller hace del orden impuesto por el poder, o el orden por la fuerza, y su propia doctrina de que es el derecho el que, a la larga, es el poderoso. Lo que triunfa en la historia, piensa Hegel, es el derecho del los propósitos de Dios, la rectitud de los cuales es intrínseca a Él mismo, independiente --como la doctrina de que el poder constituye derecho implica-- de Su poder (ver, por ejemplo, el parágrafo de cierre de la filosofía de la Historia, donde afirma que la verdadera teodicea es la demostración, proporcionada por la filosofía de la historia, de que la historia del mundo es el proceso de realización del Espíritu, no fuerza o poder). La creencia de Hegel de que es posible discernir en la historia un progresivo desarrollo --un desarrollo de la conciencia-- está indudablemente expuesta a numerosas dificultades, pero es poner patas arriba su doctrina sostener que él piensa que el triunfo de una nación “mundial histórica” sobre otra es el triunfo de la mera fuerza bruta (o Naturgewalt) cuando él piensa, de hecho, que es un triunfo de la razón. Si Hegel hubiese sostenido que el poder constituye derecho simplemente porque es poderoso, él seguramente hubiese defendido el gobierno despótico, o la monarquía absoluta. De la misma forma, cuando se ocupa de la soberanía (par. 278), claramente distingue, como Aristóteles, entre la soberanía de un déspota que gobierna según su capricho, y por la fuerza, no por la ley --el tipo de soberanía que Hegel rechaza-- y la soberanía de la monarquía limitada, que implica ley y constitución, y que así descansa en la racionalidad, no en el capricho o en la fuerza --el tipo de soberanía que Hegel defiende. Él habla allí del común malentendido que confunde poder con derecho, y trata de eliminar dicho malentendido, pero, a despecho de sus claras palabras, parece haber fallado hasta hoy de convencer algunos lectores que él mismo distingue estas dos concepciones y que concede prioridad a la segunda.

2.- Al mismo tiempo que repudia la doctrina de que el poder es derecho, Hegel no repudia la libertad de conciencia. Él específicamente permite la objeción de conciencia al servicio militar (segunda fn. hasta par. 270) y habla de la conciencia del hombre como un “santuario al que sería un sacrilegio violar” (par. 137). Es cierto que esto no abarca toda sus enseñanzas sobre la conciencia; no es suficiente, piensa Hegel, con que un hombre sea consciente; la simple convicción no asegura infalibilidad. Para estar justificado, un hombre debe estar conscientemente convencido de lo que es inherentemente correcto (par. 141). Este, sin embargo, is a long way short of advocating the supression of conscience altogether.

3.- Pero ¿no sostenía Hegel que el individuo era un simple medio para los fines del estado? Carritt, confiadamente, da una respuesta afirmativa[24], aunque, a mi parecer, la respuesta del propio Hegel es negativa. No una, sino repetidas veces, en la Filosofía del Derecho (prefacio, secciones 46, 185, 206, 299) Hegel critica a Platón, y cada vez el punto al que dirige sus críticas es que la república de Platón no permite suficiente libertad de elección al individuo. Hegel objeta el que Platón haga del estado todo, del individuo nada (Zusatz hasta la par. 184), que Platón sofoque la individualidad denegando la propiedad privada y la vida familiar a los guardianes, y rechazando que a los miembros de las clases inferiores se les permita escoger su propio camino en la vida. La individualidad autosustentable, continúa Hegel, era desconocida para los griegos y fue introducida al mundo por la cristiandad, y es para hacer lugar a este principio en su estado que Hegel defiende, por ejemplo, una constitución parlamentaria y facilidades para la expresión de la opinión pública. El que su crítica a Platón esté justificada o no, no está en cuestión aquí, el punto es que esa crítica ataca directamente el alegato de Platón en pro de la subordinación del individuo al estado, lo cual es razón suficiente para rechazar el adscribir a Hegel aquello que, justamente, él señala como el error capital de Platón.

El punto de vista, expuesto aquí, consistente en que Hegel rechazaba la doctrina de que el poder constituye derecho, en que permitía la libertad de conciencia, y en que no hace del individuo un simple medio para los fines del estado, se apoya en declaraciones explícitas de Hegel en los pasajes ya citados. Estas declaraciones, por otra parte, no son simplemente observaciones incidentales o frases casuales inconsistentes con su doctrina central: al contrario, ellas son parte integral de la doctrina misma. Hegel trata de encontrar un lugar en el estado tanto para la libertad individual como para un gobierno fuerte, y él sostiene que es un signo de la fuerza y de la profundidad del estado moderno el que su subsistencia sea compatible con permitir a sus miembros individuales que desarrollen una “individualidad autosustentable” (par. 260). Su doctrina política del estado y del individuo es claramente acorde con su doctrina lógica del universal y el particular, y con su doctrina metafísica de lo infinito y lo finito. El estado todopoderoso en el cual el individuo no cuenta para nada, o el cual “absorbe dentro de si la fuerza de sus miembros individuales” (Zusatz hasta la par. 184), es, desde su punto de vista, sólo una analogía al absoluto de Schelling --“la noche en la cual todas las vacas son negras”. En la Filosofía del Derecho, Hegel intenta delinear un curso entre, por un lado, el Escila de las licencias individuales y, por otro lado, el Caribdis del despotismo, y por lo tanto, es totalmente esperable que, en algunos pasajes tomados fuera de contexto, él parezca estar fundamentando una u otra de dichas posturas. Cualquiera de esos pasajes, en todo caso, debe ser interpretado a la luz de la tesis hegeliana central, y aunque esta tesis tal vez haya sido suficientemente señalada por las citas ya realizadas, quizás sea mejor cerrar el asunto citando el propio resumen de Hegel (par. 260) sobre su visión general del estado:
El estado es la realización de la libertad concreta. Pero la libertad concreta consiste en esto, que la individualidad personal y sus particulares intereses no sólo logren su completo desarrollo y ganan reconocimiento explícito por sus derechos (en la familia y en el sistema de la “sociedad civil”), sino que pase sobre sus propios acuerdos hacia la devoción a intereses universales. Cuando eso sucede ellos conocen y desean el universal…y son activos en la búsqueda del mismo. El resultado es que el universal no prevalece ni logra su perfección sino junto a los intereses de los individuos y a través de la cooperación de su conocimiento y voluntad. Asimismo, los individuos no viven como personas privadas para sus propios fines solamente pero, al desearlos, desean lo universal al mismo tiempo.

Qué tanto éxito haya tenido Hegel en su esfuerzo por hacer justicia a los derechos de los individuos es un problema para la crítica filosófica; pero cualquier crítica fallará el tiro cuando, a pesar, por ejemplo, del párrafo recién citado, siga manteniendo que en la concepción hegeliana el individuo es un simple medio para los fines del estado.

El “prusianismo” no sólo es asociado a la supresión de la conciencia y de la individualidad y a la doctrina de que el poder constituye derecho, sino también a la glorificación de la guerra. La concepción de Hegel acerca de este punto es resumida por Carritt de la siguiente manera: “La guerra es justificada argumentando que con ella se calma el descontento y el hankering que suceden a la libertad y la insignificante naturaleza de la felicidad humana demostrada por ‘húsares con sables brillantes’”[25]. Lo que Hegel realmente dice es: “La guerra no debe ser considerada como el mal absoluto” --el énfasis debe colocarse en la palabra “absoluto”--
o como un mero accidente externo resultante tal vez de la injusticia o de las pasiones de las naciones o de sus dirigentes…Es un asunto de necesidad que lo finito, es decir, vida y posesiones, deban estar establecidas definitivamente como algo meramente contingente, porque el concepto de lo finito es lo contingente…Edificantes sermones son predicados acerca de la vanidad de los bienes temporales, pero la guerra es el suceso que nos hace tomar esta vanidad en serio…Cada uno piensa, cuando escucha sermones como esos, sin importar cuan impactado quede por ellos, que será capaz de conservar las propias posesiones. Sin embargo, si su inseguridad es convertida en un problema serio por húsares con sables brillantes, las prédicas se transforman en maldiciones contra el invasor (par. 324).
Es cierto que Hegel afirma que la gente se estanca si permanece en paz y que de la guerra resulta la composición de los feudos domésticos, pero su punto central es que la guerra es una necesidad inevitable. “En tiempo de guerra”, continúa Hegel, “el derecho pierde su imperio; el poder y la oportunidad gobiernan”. Y todavía “los combatientes ven eso como una fase pasajera la cual no debe ser, y por esa razón, incluso en tiempo de guerra los enviados diplomáticos son respetados y la guerra no se emprende contra individuos privados o contra la vida familiar”. “En los tiempos modernos (¡1820!) la guerra es emprendida humanamente” (par. 338). Enfrentados a estas citas ¿puede seguir manteniéndose que el resumen de Carritt es justo o que Hegel es un apóstol del horror?

Finalmente ¿cómo puede compararse la enseñanza de la Filosofía del Derecho con la práctica del fascismo y del nacionalsocialismo? Hasta aquí esas ideologías hacen de la unidad de la vida nacional un ideal, Hegel está en eso con ellos. En Italia el uso de corporaciones en la organización de la industria es una reminiscencia chocante de sus propuestas, y la resemblanza indudablemente no es accidental. La relación entre el Deutsche Christen y el gobierno alemán rememora la sociedad entre la iglesia y el estado propuesta por Hegel. Sin embargo, es sólo si ignoramos la mitad de la doctrina que la Filosofía del Derecho puede ser interpretada como una apología de los aspectos más criticados del nacionalsocialismo. Por sobre todo ¿dónde, en los estados totalitarios, están sus salvaguardias de la “libertad subjetiva”? ¿Dónde, en su libro, hay alguna autorización para una policía secreta? ¿Qué habría pensado Hegel del tratamiento hacia los judíos? Una respuesta a esta pregunta se puede inferir de un pasaje de la misma Filosofía del Derecho, donde Hegel dice que aquellos que excluyen a los judíos, incluso de los derechos civiles, en base a su raza, olvidan que los judíos son humanos, con derechos humanos, y de hecho la experiencia ha mostrado que el excluirlos es la peor de las locuras (segunda fn. hasta el par. 270).
[1] Philosophical Theory of the State (London, 1930), 23 Off.
[2] German Philosophy and the War (London, 1915).
[3] Les doctrines politiques des philosophes clasiques de l’Allemagne (Paris, 1927), 11 Off.
[4] V. gr., S. Hook, From Hegel to Marx (London, 1936), 19.
[5] V. gr., Aldous Houxley, Ends and Means ((London, 1938), 58, 171; E. A. Mowrer, Germany Puts the Clock Back (London : Penguin Books, 1938), 38-39.
[6] Este es el texto al que nos referiremos como la Philosophie des Rechts. La única traducción inglesa –Hegel’s Philosophy of Right, traducido por S. W. Dyde (London, 1896)— está descontinuada desde hace mucho tiempo. Una nueva traducción, comentada, realizada por el autor de este artículo, está en preparación. [Hegel’s Philosophy of Right, traducido por T. M. Knox (Oxford University Press, 1967.) –Ed.]
[7] La carta está editada, con introducción y notas por E. Crous (en base a las cuales he esquematizado los hechos acerca de los Decretos de Carlsbad y la subsecuente censura), en el Hegel-Archiv 1, no2, de Lasson (Leipzig, 1912) 18ff. La primera noticia que tuve de esta carta me la dio el profesor Sidney Hook de New York, cuya amabilidad reconozco enormemente, tanto más cuanto he llegado a diferentes conclusiones de las suyas respecto a la objetividad política de Hegel.
[8] Ibid., 57. (En esto, nuevamente, el autor está en deuda con las referencias proporcionadas por el profesor Hook).
[9] Hegel, sin embargo, tenía copias del libro en sus manos a fines de 1820. Ver una carta dirigida a él Briefe van und an Hegel, vol. 2 [Leipzig, 1887], 32-33), fechada el 18 de Diciembre de 1820, acusando recibo de una copia complementaria del libro.
[10] Para 1824 la censura se había relajado bastante (Lenz: Geschichte der Universitat zu Berlin, vol. 2 [Halle, 1910], 183), pero no he podido encontrar evidencia de si era relajada antes de esa fecha, por lo tanto, asumo que aún era rígida en 1821, año en que el libro de Hegel fue sometido a la misma y la pasó.
[11] Hegels Nürnberger Schriften, ed. J. Hoffmeister (Leipzig, 1938), 470.
[12] Traducción inglesa, vol. 1 (London, 1929), 63.
[13] Morals and Politics (Oxford, 1935), 107.
[14] Proceedings of the Aristotelian Society (1935-36), 230.
[15] Haym, quien en su Hegel und seine Zeit (1857) ocupa todas las armas posibles para atacar lo que él sostiene que es el “servilismo” y el conservadurismo de Hegel, nunca menciona la frase que me estoy esforzando por explicar. Si él la hubiese interpretado en el mismo sentido que Carrit ¿no la habría añadido, indudablemente, a su artillería?
[16] La constancia de este hecho está citada en una nota de H. Falkenheim, en Kuno Fischer, Hegels Leben und Werke (Heidelberg, 1911), 1232.
[17] Este hecho y los del párrafo siguiente, para los que no he citado referencia, están tomados de un artículo de D. J. Hoffmeister en el suplemento Geist der Gegenwart del Kölnische Zeitung, 12 de Diciembre 1937.
[18] Rosenkranz, Hegels Leben (Berlin, 1844), 318.
[19] Hegel-Archiv, vol. 1, no. 2, 21.
[20] Ibid., 31-32.
[21] Estas tres fueron seleccionadas para su mención por Treitschke en su Deutsche Geschichte im neunzehnten Jahrhundert, vol. 3 (Leipzig, 1919), 721. En lo que sigue las referencias entre paréntesis a parágrafos numerados corresponden a los parágrafos de la Filosofía del Derecho.
[22] En Berlín, en sus conferencias sobre historia de la filosofía, Hegel dice que Prusia es auf Intelligenz gebaut. Esta referencia sin duda queda explicada a la luz del pasaje, en su Filosofía de la Historia, en el que trata a Prusia como la corporeización del Prostestantismo.
[23] Morals and Politicas, 114. Las citas podrían haber sido de otros autores distintos de Carritt, pero he preferido citarlo a él debido a que de entre los recientes escritos académicos ingleses en torno a Hegel, los suyos son probablemente los más conocidos por quienes adoptan el punto de vista que se ataca en este artículo.
[24] Proceedings of the Aristotelian Society (1935-36), 236.
[25] Estoy contento de que este argumento haya sido apoyado por un reciente y agudo crítico de Hegel --J. P. Plamenatz-- en su Consent, Freedom and Political Obligation (Oxford, 1938), 33.

Nueva biografía sobre Hegel

Un Hegel actual, luego del hegelianismo

La biografía más reciente de Hegel inicia la presentación de su personalidad filosófica con una descripción tan antipática como divulgada:

"Hegel es uno de esos pensadores de los que toda persona culta cree saber algo. Su filosofía fue la precursora de la teoría de la historia de Karl Marx, pero a diferencia de Marx, que era materialista, Hegel fue un idealista en el sentido de que pensaba que la realidad era espiritual en última instancia, y que esta realidad se desarrollaba según un proceso de tesis/antítesis/síntesis. Hegel glorificó también el Estado prusiano, sosteniendo que era obra de Dios, la perfección y la culminación de toda la obra humana: todos los ciudadanos de Prusia le debían lealtad incondicional a su Estado, que podía disponer a su antojo de ellos. Hegel desempeñó un gran papel en la formación del nacionalismo, el autoritarismo y el militarismo alemanes con sus celebraciones cuasi-místicas de lo que él llamaba pretenciosamente “lo absoluto” […]

Prácticamente todo lo que se dice en el párrafo anterior es falso, salvo la primera frase. Pero lo más chocante es que, pese a ser clara y demostrablemente falso, y a que desde hace tiempo es conocida su falsedad en los círculos académicos, este cliché de Hegel continúa repitiéndose en casi todas las historias breves del pensamiento o en las cortas entradas de un diccionario [1].


El escrito presente, destinado a un público más amplio que el de los círculos académicos de filosofía, tiene la intención de contribuir a la corrección de esa figura antipática y ridícula de la personalidad filosófica de Hegel, tan aprovechable para la picaresca intelectual; amena y exitosa académica y editorialmente, ésta sólo se justifica si es oportuna, pero si se vuelve hábito no es más que negligencia mental. Dentro del ámbito en que hemos de abordar a Hegel, su filosofía del arte, ya hay por fortuna trabajos significativos. Félix Duque, por ejemplo, aborda un Hegel a salvo de las dos orillas extremas: la de los celebrantes del sistema y la de sus anatematizantes, como ocurre con la furia olímpica de Xavier Zubiri, para quien Hegel era un “Emperador del pensamiento” que había cerrado “un sistema de sistemas, todo lleno de redondeces y de perfecciones”[2]. Y en la historia del arte merece mencionarse el trabajo de Bernardette Collenberg-Plotnikov, quien reivindica juiciosamente la importancia de la estética de Hegel para la discusión sobre el arte moderno, en particular, para la pintura, en lo que tiene que ver con la disposición para mirarla y apreciarla. La intención que guía su trabajo tiende a contrarrestar actitudes investigativas de historiadores del arte como Hans Belting. Para este reconocido historiador contemporáneo, Hegel no cuenta, pues es un teórico de lo absoluto que mira el arte desde la perspectiva superior de un dios. Posiciones como esta deslegitiman con autoritarismo mas no con conocimiento el legado de Hegel, tan rico en sorpresas para las ciencias del arte en la actualidad [3].
Con el debido reconocimiento ante el trabajo filosófico estricto que en los últimos años se ha logrado consolidar sobre Hegel, en particular sobre la constitución del sistema, una preocupación a la que Hegel fue fiel a lo largo de su vida, y en la que hay hitos tan significativos como la Fenomenología del Espíritu (1807), la Ciencia de la Lógica (1812-1816) y la Enciclopedia de las Ciencias Filosóficas (1817, 1827, 1830), el interés del presente trabajo se dirige, no a este Hegel de la Wissenschaft, de la ciencia y del sistema, sino al Hegel de la Bildung, al Hegel partícipe de su presente cultural, agente y paciente en él. Este Hegel de la Bildung, de la cultura viva y cotidiana, se ha venido perfilando cada vez más. Y en esta faceta en modo alguno se malogra su concepción filosófica, todo lo contrario, se enriquece, se matiza, se actualiza mejor, sobre todo, aparece con extraordinaria claridad que sus consideraciones sobre la naturaleza, la religión, el arte y lo absoluto responden, ante todo, a las preocupaciones de un pensamiento instalado en la vida moderna y comprometido con ella.
Referencias
[1] Pinkard, Terry. Hegel. Una biografía. Madrid, Acento Editorial, 2001 (Cambridge University Press, 2000), p. 9.[2] Zubiri, X., citado por: Duque, Félix. Historia de la filosofía moderna. La era de la crítica. Madrid, Akal, 1998, p. 900.[3] Collenberg-Plotnikov, Bernardette. Thesen zur gegenwärtigen Bedeutung der Kunst. Hegels Konzeption der Malerei in der Berliner Ästhetikvorlesung von 1823. En: Hegels Ästhetik. Die Kunst der Politik-Die Politik der Kunst. Editado por : A. Arndt / K. Bal / H. Ottmann. Hegel-Jahrbuch 2000. Berlin, Akademie Verlag, p. 48. Belting, Hans. Das Ende der Kunstgeschichte. Eine Revision nach zehn Jahren. München, Verlag C. A. Beck 1995, p. 135.


Javier Domínguez Hernández
Instituto de Filosofía
Universidad de Antioquia
e-mail: jdomin@nutabe.udea.edu.co
Sobre la diferencia entre apetencia y deseo en Hegel
Carlos Pérez Soto

La idea que Hegel tiene del placer puede ser reformulada a través de la idea de erotización del mundo.

En la sección Razón de la Fenomenología del Espíritu, Hegel pone al placer en los individuos, y lo entiende o como propensión natural, o como estado más primitivo de la autoconsciencia: apenas distingue entre apetencia y deseo. La diferencia entre autoconsciencia y deseo, sin embargo, es clara en el mismo texto, en la sección Autoconsciencia, donde la apetencia se convierte en lucha debido a que cada autoconsciencia sólo encuentra su satisfacción en otra autoconsciencia, es decir, donde la apetencia, que caracteriza, como tensión, a lo vivo en general, se convierte en deseo en la esfera de la autoconsciencia: el deseo desea el deseo del otro, más que al otro como objeto, o como cosa.

Si se lleva esta noción de deseo, ahora, al placer, en la Razón Activa, es decir, si el placer se entiende no como posición de la apetencia en el plano social, sino como posición del deseo, entonces la unidad que se alcanza en el placer cambia de carácter. Ya no es el círculo del deseo y la necesidad solamente, sino que puede ampliarse, como Espíritu.

El punto preciso es si es suficiente con considerar al placer bajo la doble determinación de natural e individual. O, de manera más técnica, el punto es de qué manera la unidad del placer alude o no a la realidad del Espíritu. O, de otra manera, el punto es la relación posible entre el deseo y la voluntad: la posibilidad de que la voluntad sea la realidad espiritual del deseo.

Los individuos tienen deseo, pero pertenecen a una voluntad. Los individuos están constituidos de su deseo (en su deseo) en la medida en que el deseo es el momento particular, y eficaz, de la voluntad que los constituye. El Espíritu se hace política concreta cuando se expresa como voluntad, es decir, como ley moral concreta, que expresa un concepto en actos sociales. El deseo es el vínculo material entre ese Espíritu y los individuos. En los individuos la voluntad se constituye como deseo.

Si esto es así, habría que distinguir entonces entre la ley del corazón y la erotización del mundo. Si el deseo no es naturaleza, o no es un en sí incompleto de la autoconsciencia, entonces el impulso del individuo por convertir su deseo en ley social no es, tampoco, simplemente la ley de su corazón. Cuando el individuo intenta convertir en ley social la ley del despliegue libre del deseo lo que hace es un eco de la voluntad que lo constituye. Pero es un eco enajenado si no se reconoce como tal, y se hace a sí mismo, naturalizándose, una unidad vacía, o un desvarío presuntuoso. Reconocer a la voluntad en el deseo, reconocer al deseo como momento de una voluntad : en eso consistiría la erotización del mundo.

Pero la naturalización, o la abstracción lógica, que opera en la confusión entre apetencia y deseo, tiene también como efecto el que la ley del corazón conduzca a la guerra de todos contra todos, o a una generalización de la dialéctica del amo y del esclavo a nivel social. La idea de que el encuentro entre autoconsciencias conduce a una lucha a muerte se repite en la figura en que el placer conduce a una unidad vacía. El momento abstracto del amo y del esclavo, que tiene su correlato histórico en la ruptura de la eticidad antigua y en la dominación universal del Emperador, como encarnación de la potencia del destino, implica el desafío radical en que la consciencia se ve obligada a generar el orden del pensamiento como refugio. Para que esta radicalidad sea posible la lógica que opera en ella debe ser la del devoramiento, es decir, una autoconsciencia no sólo alcanza su satisfacción en otra autoconsciencia en general sino, precisamente, en su aniquilación, en su muerte. Esta lógica abstracta, que pone en el máximo peligro a cada particular, es la lógica natural de la apetencia, y prefigura, de un modo abstracto aún, la guerra de todos contra todos. Si el placer es concebido bajo la lógica de la apetencia el resultado natural de este origen natural es, efectivamente, la guerra hobbesiana del estado de naturaleza, en el que el peligro de muerte impera sobre el mundo.

Pero si el placer es pensado bajo la lógica del deseo, es decir, si una autoconsciencia encuentra su satisfacción en el deseo de la otra, ser en ese deseo, más que aniquilarlo, sería la satisfacción. El placer está interesado en conservar el objeto del deseo, de la misma manera como la apetencia está interesada en aniquilarlo en el devoramiento. El deseo no anula al otro en la unidad del placer aniquilándolo sino que, precisamente, conservándolo como un sí mismo en la unidad. No es lo mismo aniquilar la otredad del otro que aniquilar al otro mismo. Pero, para hacer esta diferencia, es necesario conceder que el otro no está constituido sólo como otredad (que es lo que ocurre en la dialéctica del amo y del esclavo; y es de ahí que proviene su radicalidad mortal). Es necesario conceder que hay un sí mismo en el otro que permite su conservación en la unidad, es decir, que el otro es un ente de nuestra misma clase, que el deseo que lo constituye es el mismo que me constituye, o que el deseo es un espacio común, o deriva de un espacio común. O, que la diferencia entre el yo y el otro es una diferencia interna en la unidad espiritual.

Y esto es lo que parece decir Hegel cuando dice que el placer consuma la unidad, en principio espiritual, pero como unidad vacía. En el placer hay unidad, de la apetencia se sigue la lucha y el señorío : eso el lo esencial.

¿Qué clase de unidad es la que podría producir el placer que se reconoce como momento particular de una voluntad?. O, incluso antes, ¿puede el pacer reconocerse como momento particular de una voluntad?. La discusión entre Freud y Reich, leída hegelianamente, puede aclarar esta cuestión. La postura de Freud contiene dos determinaciones características : el placer es un incentivo natural para la función biológica de la reproducción, y, una pareja que ejerce libremente el erotismo tendería a concentrarse sobre sí misma, y a debilitar los lazos sociales que la unen a la sociedad. A pesar de la sutileza de la construcción freudiana, en el momento decisivo, Freud asimila el deseo a la apetencia. En Reich, en cambio, el placer es legítimo por sí mismo, y propiamente humano, y, la energía libidinal desplegada en el ejercicio libre del sexo abunda : alcanza para contagiar a los objetos, al ambiente, y reforzaría los lazos sociales. No es raro que Reich haya creído en una política sexual, y haya pensado (1922 - 1932) los lazos sociales como arraigados en la sexualidad.

De la escasez y naturalización libidinal freudiana sólo puede surgir una política represiva, que legitime a la cultura como represión necesaria para la estabilidad social, que se vería en peligro con la liberación erótica. De la abundancia y humanización libidinal reichiana puede surgir una política no represiva, en que la liberación sexual puede ser el vínculo material del reconocimiento.

La diferencia entre Reich y Marcuse es relevante, sin embargo, en este punto. La sexualidad reichiana está siempre al borde de la naturalización, sobre todo si es entendida como genitalidad generalizada. La preocupación por establecer criterios objetivos, casi cuantitativos, de orgasmo satisfactorio llevó naturalmente al naturalismo de Reich a la sustancialización abstracta de la líbido, en la figura del orgón. Esto, y la crítica de Marcuse al carácter represivo de la liberalización de la genitalidad, muestran la necesidad de radicalizar la humanización de la líbido, y de vincularla más activamente a la voluntad, como su contenido. Es por esto que la diferencia entre liberación sexual y erotización del mundo es necesaria. Es, en términos hegelianos, la diferencia posible entre entender el placer como expresión de la apetencia, o como realización del deseo.

Una política de erotización del mundo, pensada hegelianamente, consiste en concebir al erotismo como sustancia ética, es decir, como contenido material de la voluntad, y a la voluntad como espacio en que la individualidad es producida como deseo. esta imagen cambia de manera esencial las figuras de la necesidad y la virtud propuestas por Hegel.

El deseo está condenado a la repetición mientras la unidad que produce sea, efectivamente, una unidad vacía. Es decir, una unidad que no reconoce el espacio del que proviene y en el que se despliega como momento particular. En esa repetición aparece como necesidad la otredad que no se reconoce, ni se satisface. Aparece como necesidad la sustancia espiritual enajenada, que se despliega como otredad pura inabarcable, sin mostrar la mismidad que hace posible la unidad. La libertad es la necesidad reconocida como propia. Es lo que surge del reconocimiento de que somos nosotros mismos los productores de la ley, o el reconocimiento de la materialidad de la sustancia ética que, en clave actual, podría ser el reconocimiento mutuo entre voluntad y deseo.

Y, por otro lado, cuando Hegel distingue entre la virtud individualista, en que el individuo se enajena a la manera de una consciencia desventurada, y la virtud antigua, enraizada en el espíritu del pueblo, se podría pensar en la unidad de esos momentos de individuación y pertenencia, en la postulación de una nueva virtud, una moralidad, en que el lazo ético de las individualidades reconocidas sea la materialidad del erotismo generalizado.

Si es así, entonces la virtud no sería necesariamente el ámbito palabrero de la presunción del individuo moderno, ni el auto sacrificio, real o ficticio, de la individualidad ante los ideales, sino el mandato de una moralidad erótica enraizada tanto en el deseo individual como en el espacio de la voluntad en que se expresa un pueblo. En el lenguaje hegeliano esto ya no es, propiamente, la virtud, cuyo elemento propio es la palabra, sino la obra, es decir, la acción.

Carlos Pérez Soto
Santiago, 23 de Julio de 2002.-

Carla Cordua, su ponencia en el Seminario de la UDP

Hegel: el cuerpo propio

Carla Cordua

Hegel critica a la metafísica moderna que sostuvo que las relaciones del alma con el cuerpo eran relaciones entre sustancias, las cuales son, por definición, diversas e independientes entre sí. Este supuesto convierte a la unidad de alma y cuerpo, sostiene, “en un secreto inconcebible” (X, 54; VI, 233; XIX, 273)[1]. “Ambas son sustancias, ninguna necesita el concepto de la otra; por tanto, el alma y el cuerpo son independientes entre sí” (XIX, 366). El cuerpo y el alma sustanciales solo pueden unirse mediante una intervención divina. “Descartes, Malebranche, Spinoza, Leibniz: todos señalaron a Dios como esta relación” (X, 54; VI, 233) ¿Como explicar estas relaciones razonablemente? Las explicaciones filosóficas de Hegel no recurren directamente a Dios como agente; proceden paso a paso de lo abstracto a lo concreto, de lo mediato a lo inmediato, y a lo sumo echan mano de un mediador cuya intervención hace de puente entre extremos separados. Es el papel que en la obra hegeliana acerca del cuerpo desempeñará el alma concebida como perteneciente al nivel de la vida y mediadora (VIII, 108) entre el cuerpo viviente[2] y el espíritu. La atención de Hegel referente al cuerpo se concentra sobre el cuerpo del individuo singular, la acción de este sobre su cuerpo y los resultados que se siguen de tal acción. De paso, este enfoque disuelve el planteamiento metafísico moderno criticado por Hegel.
La Fenomenología del espíritu dice sobre el asunto mencionado: el individuo en sí o inmediato está separado entre “el movimiento de la conciencia y la fijeza de aquello que él es en cuanto esa realidad fenoménica (erscheinende Wirklichkeit) que es inmediatamente la suya. Este ser, el organismo vivo (der Leib) de la individualidad es la condición originaria de [la individualidad], no algo que se le ha hecho o agregado. Pero en cuanto el individuo es, al mismo tiempo, aquello que él ha hecho, resulta que su organismo es también la expresión de sí mismo producida por él. Es, pues, al propio tiempo un signo que no se queda en su condición de cosa inmediata sino que llega a ser aquello mediante lo cual se puede llegar a conocer en qué sentido [el individuo] es quien pone en obra su propia naturaleza originaria” (PHdG, 227-228). Este maravilloso pasaje pertenece al sector dedicado en la Fenomenología a la razón observadora; no es inmediatamente comprensible debido a su densidad. Sostiene que en el individuo se oponen la conciencia y el cuerpo al que ella está inmediatamente atada. La oposición solo se resuelve si el alma logra apropiarse del cuerpo y convertirlo en su instrumento (VIII, 419, 420). El proceso de apropiación, como Hegel lo entiende, está explicado en la Filosofía del Derecho del filósofo. Seguiremos esta explicación.
La Filosofía del Derecho se refiere a la libertad en desarrollo y a sus relaciones con lo otro que ella; considerado inmediatamente, lo otro es exterior, diferente y separable de la libertad (PHdR § 41). En cuanto espirituales, tanto la persona entendida como sujeto de derechos, como su libertad, son provisionalmente abstractas y están necesitadas de diversas formas de objetivación, que adquirirán durante su desarrollo. Por tanto, en el punto de partida ya se hace sentir la diferencia entre lo interno o la libertad, y lo otro externo o la naturaleza. La persona pertenece a la esfera de lo interno frente a la exterioridad natural. Lo otro externo a la persona recibe anticipadamente el nombre de mundo o de naturaleza. La oposición adentro-afuera es provisoria, advierte el filósofo: las determinaciones de las partes enfrentadas son abstractas; el progreso de la persona libre irá modificando tanto sus determinaciones como las que caracterizan a lo externo: ambas avanzan en concreción. Al cabo del proceso la oposición interno-externo desaparecerá en favor de la unidad de lo en y para sí que caracteriza al espíritu realizado. De manera que “exterior” e “interior”, distintos y opuestos al comienzo, no designan en el discurso ámbitos fijos dotados de fronteras impasables sino que son áreas señaladas por divisiones que se desplazan a medida que es preciso redefinir los conceptos y reestructurar sus relaciones.
Para la persona libre lo externo a ella es una cosa, algo no libre, impersonal, carente de derechos, lo natural en sí (PHdR § 42). La división externo-interno pasa, primero, por en medio de la persona singular, que es conciencia y cuerpo. Tal persona está todavía relativamente sumida en la naturaleza en cuanto ligada a su cuerpo. No es, por ahora, más que una existencia entre otras. La división afuera-adentro parte a la persona en dos: una la convierte en sujeto en sí de derechos; la otra es el cuerpo al que la persona está inmediatamente unida, pertenece a la naturaleza donde está en relación con cosas que la afectan y a las que responde prácticamente. Según Hegel, la conducta inicial de la libertad en relación con el mundo, es el acto de apropiación de cosas externas. Tomar de lo otro algo para sí y apropiárselo, no para atesorarlo sino para valerse de ello para sí. La dirección del progreso del espíritu libre es convertirse en para sí sin dejar de ser lo que ya es, a saber, existencia en sí.
En la sección inicial de la Filosofía del Derecho se trata de la relación de apropiación y uso de algo en general; es un apartado del libro dedicado a “La propiedad” (PHdR §§ 41-53). El filósofo justifica la apropiación de las cosas naturales por la persona en vías de hacerse libre y definirse, sosteniendo que la persona es hasta aquí solo una existencia abstracta que ha de salir de sí y darse realidad mediante aquello de que se apropia. Tomar para sí algo, un trozo de madera, un pedazo de tierra, faculta a la persona que carece de una identidad definida a tratar como suya a la cosa y a referirse a sí misma como su propietaria. Convertida en propietaria podrá presentarse ante otras personas, no ya como alguien en general, sino como dueño de lo apropiado y de sus posibles usos. Así la apropiación de algo concreto, que resulta de adoptar cierto comportamiento en relación con el mundo exterior, arranca a la persona de su indefinición y le confiere una identidad reconocible. La apropiación es descrita como un acto de la voluntad personal, que se pone en la cosa, y la hace suya, confiriéndole una personalidad definida al sujeto de la voluntad (PHdR § 45). La cosa también progresa, dejando de ser un pedazo indistinto de la naturaleza para convertirse en algo ocupado por la voluntad libre que la tomó para sí. La apropiabilidad de la naturaleza por el hombre es justa o conforme a derecho como etapa inicial de la libertad humana.
Hegel justifica la apropiación de las cosas naturales también de otras maneras. Los sujetos de derecho o personas, sostiene, hacen bien en poner su voluntad en todas las cosas debido a que ellas carecen de propósitos sustanciales propios. Ser una cosa y carecer de un para qué o finalidad es lo mismo. Solo los sujetos libres tienen fines y pueden, mediante los suyos, darles un destino sustancial, un alma, a las cosas, y con ello las promueven a una condición ideal que a ellas les falta (PHdR § 44). El espíritu posesor eleva, de este modo, a la naturaleza por encima de sí misma. Para destacar el vasto alcance de la propiedad en la historia del espíritu dice el filósofo: “Considerando a las cosas en primer lugar, tener propiedades parece ser un medio desde el punto de vista de las necesidades (humanas); pero el verdadero significado (de la propiedad) se muestra desde el punto de vista de la libertad: la propiedad es un fin esencial en sí mismo, es la primera forma de existencia de la libertad” (PHdR § 45).
Entre las cosas naturales de la que es tanto posible como necesario apropiarse se encuentra el cuerpo al que las personas estamos inmediatamente ligadas. Pero la verdadera apropiación del cuerpo no resulta instantáneamente. De las cosas externas dice Hegel que las personas solo tienen que poner su voluntad en ellas para adueñarse de ellas y luego hacerse reconocer por otros esta relación entre la voluntad y la cosa. Pero el cuerpo orgánico en el que estoy viva lo tengo junto con la vida. Gracias a esta vida y a este organismo soy esta existencia singular unitaria. Tal como mis propiedades, mi vida y mi existencia orgánica dependen de mi voluntad: solo las conservo mientras las quiero. Hegel dice (PHdR § 47): “Poseo estos miembros, esta vida, solo en la medida en que lo quiero. Los animales no son capaces de destruirse o de matarse, pero el hombre sí lo es”. Vemos que la relación con mi cuerpo y mi vida, depende, de la misma forma que la propiedad de cosas externas, de que la voluntad libre se decide a relacionarse con ellos. Si falla el querer de la voluntad se deshace en general el nexo de propiedad, el cual abarca estas dos formas principales: la posesión de cosas y la unidad del que existe en su cuerpo. Estas dos maneras de la propiedad son cancelables por la voluntad: la cancelación en un caso la llamamos enajenación, en el otro, suicidio.
Que mi relación con mi cuerpo y con mi vida pertenezcan al campo de las relaciones de propiedad quiere decir, en primer lugar, que, según Hegel, yo no soy mi cuerpo y mi vida sino que solo los tengo mientras los quiero conservar. Tal como me puedo suicidar en todo momento puedo deshacerme de mis pertenencias: esto significa tratar a las propiedades y al cuerpo viviente como objetos de la voluntad. Sin embargo, la profunda diferencia que existe para mí entre mis propiedades y mi cuerpo es acogida en la teoría hegeliana mediante el reconocimiento del contraste entre los respectivos procesos de apropiación y de uso, en los que reside la realidad verdadera de la propiedad, sostiene el filósofo (PHdR § 59). Una cosa es preparar las cosas que poseemos para usarlas, consumirlas o enajenarlas y otra, muy diversa, es apropiarse del cuerpo y de la vida que tenemos para llegar a existir en ellos humanamente. De acuerdo con la aspiración de la filosofía hegeliana, el cuerpo y la vida serán tratados y promovidos para convertirlos en lugares dignos de albergar a la libertad y al espíritu.
La apropiación y uso del cuerpo es el proceso interminable de ir desarrollando sus posibilidades en muchas direcciones diferentes. Habrá que enseñarle a caminar y a leer, a trabajar y a tocar el piano, a distinguir las cosas por la vista, el tacto, el oído y el gusto, a resistir el dolor y a aprender a esperar las oportunidades de actuar. Nadie sabría enumerar todas las habilidades que el cuerpo humano bien entrenado es capaz de adquirir. Como se trata de una apropiación personal del cuerpo hay que admitir que será llevada a cabo selectivamente; pero como la meta es la espiritualización del cuerpo, la dirección general está fijada para todos los individuos. La vida entera le puede parecer corta a quien le exige mucho a su cuerpo. Si buscásemos un análogo de este proceso de desarrollo durante la apropiación y uso del cuerpo por el espíritu, veremos que la apropiación de cosas útiles y materias consumibles que practicamos en la vida diaria difiere claramente de aquél. Satisfacer necesidades mediante materias naturales solo demuestra, según Hegel, la insustancialidad de las cosas naturales (PHdR § 59). La apropiación del cuerpo en el sentido señalado se parece más a la creación de la obra artística. Pero la obra se separa al final del autor y el cuerpo propio se queda, provisoriamente al menos, con quien lo ha conformado para vivirlo.
La persona singular ligada a su cuerpo le debe a este su existencia exterior, que le brinda la posibilidad del reconocimiento por otras personas. (PHdR § 47). En este nivel no soy todavía para mí o autoconsciente: mi cuerpo vivo pertenece a la naturaleza animada: el espíritu no se presenta en esta etapa preparatoria sino como alma, y en el orden del discurso filosófico somos aún tema de la antropología, una división de la filosofía de la naturaleza. La voluntad tendrá que apropiarse de los varios órganos y disposiciones del cuerpo para ejercitarlos en todas sus posibilidades. Se trata de habituarlos para que favorezcan de buen grado las actividades libres del individuo. Así, al cabo de una preparación larga y complicada de sus posibilidades de uso, servicio, acción y pensamiento, el conjunto que formo con mi cuerpo entrenado llega a ser un servidor ágil y digno del espíritu activo. Recorrer este camino no es cosa fácil o breve: llevarse de la naturaleza al espíritu pasando por el entrenamiento del cuerpo es una tarea para toda la vida tanto individual como social. En un pasaje de la Filosofía del Derecho (§ 52) Hegel se refiere a varias formas de apropiación:

La materia (de las cosas de que me apropio) me hace resistencia […] pero en relación con la voluntad y la apropiación este ser para sí abstracto (de la materia) carece de verdad. La toma de posesión como actividad externa, mediante la cual el derecho universal de apropiarse de todas las cosas naturales se realiza, está condicionada por las fuerzas físicas, la astucia, la pericia,, la mediación en general por la cual nos hacemos corporalmente de algo... Pero no siempre carece la materia de forma esencial y solo mediante la forma ella es algo. Mientras más me apropio de esta forma tanto más llego a poseer la cosa efectivamente. La ingestión de alimentos es una compenetración y transformación de su naturaleza cualitativa que los hace eso que son antes de su consumo. La formación de mi cuerpo orgánico para habilidades y pericias y también el cultivo de mi espíritu son apropiaciones más o menos completas y asimilaciones. El espíritu es aquello que puedo llegar a poseer más perfectamente.

A diferencia de la propiedad de cosas externas, que pueden ser enajenadas por su propietario, vendiéndolas, regalándolas o abandonándolas, la propiedad de mi cuerpo no es ni enajenable, ni vendible ni, en general, abusable. Hegel dice (PHdR § 57):

El hombre es en sí mismo, según su existencia inmediata, algo natural, externo a su concepto. Solo mediante la formación de su propio cuerpo y de su espíritu, principalmente cuando su autoconciencia se concibe como algo libre, se posesiona de sí y se convierte en su propiedad. Esta apropiación es a la vez también lo contrario, a saber, lo siguiente: que aquello que (el hombre) es de acuerdo con su concepto, esto es posibilidad, facultad, disposición, lo realiza, y al mismo tiempo queda establecido como lo suyo propio.

Mediante el cultivo de mis talentos, la realización de mis posibilidades, llego a identificarme con mi cuerpo, el cual me debe su forma desarrollada. El cuerpo llevado a su máximo cumplimiento es respetado y cuidado por la persona que se lo ha apropiado. Aunque originalmente no era sino un trozo de naturaleza carente de propósitos y de derechos, la estrecha asimilación del cuerpo cultivado con la autoconciencia de su posesor lo convierte en parte de su identidad personal. Así es como el cuerpo en su condición espiritualizada adquiere derechos, antes una exclusividad de las personas.
Una vez compenetrada la personalidad con el propio cuerpo, este se ha transformado en el colaborador imprescindible de la libertad. Mi libertad y espíritu se reconocen a sí mismos en el cuerpo que es su obra y que los representa externamente de manera digna. La acción razonable de la voluntad sobre lo natural, guiada por el pensamiento y sus fines, fundan una reconciliación entre lo interno y lo externo. En mi cuerpo soy en y para mi misma en la medida en que como individuo considerado aisladamente puede llegar a representar a la humanidad. En el sistema de Hegel no existen las fronteras impasables. La confrontación de naturaleza y espíritu a propósito de las relaciones iniciales de la persona con su cuerpo se desarrolla hasta limar las diferencias entre los elementos en conflicto. El producto representa, filosóficamente, la reconciliación entre ellos. Sin embargo, Hegel nunca dirá que llegamos a ser nuestros cuerpos, probablemente debido a que la acción cuyo propósito es cultivar y formar lo que nos da la naturaleza no se acaba sino con la muerte.
Las propiedades cuyo uso y valor pertenecen al propietario lo facultan para marcarlas de una manera que ponga de manifiesto su relación con ellas. Escribimos nuestro nombre en los libros, marcamos con signos donde comienza nuestra propiedad, firmamos escrituras en las que consta nuestro derecho sobre ellas. Usar, marcar y enajenar son privilegios del propietario. Pero, aunque usamos el cuerpo, ni lo marcamos ni podemos enajenarlo, pues el derecho sobre el cuerpo no prescribe en ninguna circunstancia. Hegel niega siempre legitimidad de la esclavitud, de la mía y de la ajena. El hombre es libre y nada justifica tratarlo como apropiable por otro (PHdR § 57). En estos varios sentidos mi personalidad, como conjunto de la voluntad y la autoconciencia asociadas al cuerpo, constituye una excepción entre las propiedades. Ejemplos de enajenación de la personalidad son la esclavitud, la servidumbre, la incapacidad de tener propiedades, la enajenación de la inteligencia, como arrendarse para robar y asesinar, o consentir en abandonar su moralidad y religión, que en cuanto bienes espirituales son partes de lo que soy (PHdR § 66).
De mis posibilidades de acción solo puedo enajenar ciertas producciones singulares, no todo lo que produzco; y mis habilidades espirituales solo puedo cederlas de manera temporalmente limitada. Si vendo todo lo que produzco o comprometo todo mi tiempo en el trabajo, me estoy vendiendo del todo. Dice Hegel: “La totalidad de mi producción convertiría lo sustancial, mi actividad y realidad, mi personalidad en general, en propiedad de otro” (PHdR § 67). La totalidad de las expresiones de una fuerza es la fuerza misma: solo puedo enajenar partes de lo que soy sin perderme en cuerpo y alma. “La totalidad conjunta de la actividad externa o la vida, no es algo ajeno a la personalidad por cuanto esta misma es inmediatamente aquélla. La enajenación o el sacrificio [de la vida] es, más bien, lo contrario de la existencia de esta personalidad singular. Por eso no tengo ningún derecho para enajenarla... La muerte, el contrario inmediato [de la vida], debe ser recibida como procedente de afuera, de mano ajena, como cosa de la naturaleza o algo al servicio de la Idea” (PHdR § 70).


A diferencia de Hegel, nosotros pensamos hoy que somos nuestros cuerpos, y no ya que tenemos la propiedad de uno, por el cual incurrimos en una responsabilidad irrenunciable. Pero este nuevo enfoque, que el filósofo rechazaría, no ha producido una explicación filosófica de las obligaciones y los derechos ligados a la condición de ser nosotros cuerpos vivientes dotados de posibilidades de hacernos meritorios o culpables. El idealismo, que rechazamos con razón, puede enseñarnos, sin embargo, que hay cosas que él sabía hacer mejor que nosotros que lo hemos supuestamente superado. Pero superado ¿en qué dirección, y contando con qué recursos para curar el desconcierto que caracteriza a la nueva posición que rechaza las convicciones del pasado?
Pienso que el interés teórico actual de esta concepción metafísica idealista de la vida humana incorporada reside en que ofrece una justificación razonada para las perplejidades que debemos afrontar como seres que han de comenzar a actuar de manera responsable sin saber casi nada acerca de sus propios cuerpos, esto es, de sí mismos según su propio entendimiento. Y por saber tan poco de sí y carecer de control sobre las reacciones orgánicas que, sin embargo, tendrán consecuencias imprevistas, estamos a merced de un cuerpo sin descifrar. El pensamiento moral de la actualidad no tiene prácticamente nada que ofrecer a los que, careciendo de familiaridad suficiente consigo mismos, tienen, sin embargo, un acceso fácil a experiencias que requerirían la cautela y la previsión que solo el autoconocimento puede proporcionar.
La condición espiritual o libre del hombre no es un rasgo natural de la especie humana, que cada uno recibe hecho de sus antecesores como el color de los ojos. Requiere, más bien, piensa Hegel, de un empeño activo de todas las fuerzas de que un humano dispone para sacarse del carácter indefinido y larvario que se tiene como mero miembro de una especie natural. La libertad sería, en cada caso, una tarea encomendada a cada uno, sin otras garantías externas de éxito que la posibilidad abstracta de conseguirla de quien se lo propone como empresa propia principal. En Hegel este carácter de tarea de la libertad está suficientemente destacado tanto a propósito de la apropiación del cuerpo como de la naturaleza en general.
Además, las consideraciones hegelianas sobre el cuerpo y su apropiación son filosóficamente interesantes durante la trabajosa ocupación de estudiar la obra de Hegel. Las relaciones con el cuerpo propio forman un modelo intuitivo en pequeña escala de todos los procesos mediante los cuales el sistema avanza hacia su culminación en el espíritu absoluto. En efecto, el discurso hegeliano muestra una y otra vez las fricciones pasajeras entre el espíritu y aquello que aparentemente subsiste por sí y le opone cierta resistencia a la voluntad: siempre se trata del progreso de la apropiación de lo otro por el espíritu. Las pretensiones de independencia de lo otro que el espíritu están destinadas a ceder; el progreso arrollador hacia el fin solo conservará aquello que, elaborado por la actividad, consumido y transformado por ella, revelará su espiritualidad. La espiritualización de la naturaleza, de la materia, del cuerpo, de la diverso frente a lo uno, de la multiplicidad en el espacio y el tiempo, terminan integrados a un solo centro que lo contiene todo transformado en espíritu absoluto. Este gran solitario no tiene ya aparte de sí otra ocupación que volver a derramarse hacia afuera para encontrar de nuevo algo que hacer.
[1] Las obras de Hegel se citan según Sämtliche Werke, Jubiläumsausgabe in zwanzig Bänden, Stuttgart, 1955, mencionando el número del volumen seguido de la página. La Fenomenología del Espíritu, por la edición de Hoffmeister, Hamburg, 1952, es citada mediante la sigla PHdG y la página. La Filosofía del Derecho por la edición de Hoffmeister, Hamburg, 1955, es citada con la sigla PHdR seguida del parágrafo.
[2] Hegel usa dos palabras intercambiables para referirse al cuerpo humano: Körper (PHdG, 199; II, 548; IX, 296-386, etc.) y Leib (PHdG, 227ss., VI, 243ss., VIII, 407, etc.). Una tercera expresión que suele reemplazar a las dos anteriores es Organ u Organismus (PhdR § 48; PHdG, 193ss., etc.)

Un artículo de Carlos Gershenson

Crítica a "La Verdad de la Certeza de Sí Mismo"
Fenomenología del Espíritu
G. W. F. Hegel


Hegel expone en este capítulo cómo es que se alcanza la verdad de la certeza de sí mismo, mediante la lucha de autoconciencias.

En primer lugar, creemos que cualquier en sí, es inalcanzable. Nos podemos aproximar tanto como queramos por medio de la experiencia, y la evolución misma, por diversas configuraciones, pero nunca alcanzaremos una última, donde podamos comprender completamente el en sí, gracias a nuestra finitud, incompletitud, e incomputabilidad. ¡Alegrémonos, ya que siempre habrá filosofía! Pero nunca se alcanzará la verdad, la certeza absoluta... sólo tenemos certezas relativas, las cuales sólo podemos tratar de hacer cada vez menos incompletas.
Sabemos que es injusto criticar a Hegel desde nuestro contexto, no sólo por la acumulación de conocimiento que se ha dado en la humanidad desde que escribió la Fenomenología del Espíritu, sino también porque no puede defenderse ni cambiar de opinión. Pero ni modo, seamos injustos, pues.


Para Hegel, la autoconciencia en sí se contempla a sí misma, y al ser ella misma para ella misma, también lo es en sí, lo que, según Hegel, lleva a la verdad (1) (¿depende de la definición de verdad?). La autoconciencia primero percibe un objeto, y luego se percibe percibiendo este objeto, siendo consciente, autoconsciente de ella misma. De este movimiento deviene la igualdad de sí misma consigo misma. Sólo que creemos que la conciencia no percibe completamente el objeto y sus relaciones con el mundo, como se puede apreciar en la Figura 1: Una autoconciencia como la describe Hegel sería una autoconciencia absoluta, ya que contiene completamente al objeto y a sí misma; mientras que nosotros creemos que las autoconciencias son relativas, incapaces de contener completamente ni al objeto ni a sí mismas. Y si no se comprende completamente al objeto, ni la autoconciencia a sí misma, la verdad no se alcanzará jamás (aunque nos podemos aproximar tanto como queramos...).



Como vemos, la autoconciencia regresa a sí misma, así como el objeto que la conciencia percibe. Según Hegel, "a través de esta reflexión, en sí mismo, el objeto ha devenido vida". Esto es, las autoconciencias tienen que estar vivas, para poder dominar, y determinar a los objetos. La vida es una condición de la autoconciencia. Hegel menciona los siguientes momentos de la vida: su infinitud, por superar todas las diferencias, su cambio permanente, su independencia ya que es por sí y para sí y su temporalidad.


El yo es el objeto de la autoconciencia. Pero para validarse, una autoconciencia necesita ser reconocida por otra. Una autoconciencia aislada, no podría tener al yo como objeto, ya que este surge de la diferencia de los demás, de identificar a los demás identificando a uno. Es a través del reconocimiento de otras autoconciencias que una autoconciencia alranza la verdad de la certeza de sí misma. "La autoconciencia es en y para sí en cuanto que y porque es en sí y para sí para otra autoconciencia".


Por esto, una autoconciencia, para reconocerse, necesita por lo menos de otra autoconciencia, en la cual reflejarse y observarse, para poder retornar a sí misma. Cada autoconciencia, al superar a otra se supera a sí misma. Aunque una autoconciencia podría creer en otra y vice versa, aceptarse la una a la otra, pero las dos engañarse, consciente o inconscientemente. Es así que se forman las creencias colectivas, las cuales pueden ser acertadas o no (aunque después de experimentos en sociedades artificiales, hemos visto que la experiencia tiende a romper las creencias colectivas erróneas). A su vez, como nosotros creemos que las autoconciencias no pueden comprender completamente al mundo y sus objetos, cualquier cosa puede tener más de una explicación, por lo que no necesariamente las autoconciencias percibirán la misma parte del mundo y del objeto, pero aún así tratarán de que las otras autoconciencias las reconozcan.


El "problema" es que las autoconciencias no son iguales, por lo cual se generan conflictos. Cada autoconciencia trata de probarse a sí misma a la otra, y dominarla, por lo que hay una lucha entre ellas, lo cual permite la evolución. ¿Pero tiene caso esta lucha, a pesar de saber que los demás no tienen por qué tener las mismas ideas y percepciones que nosotros? Sí, porque sólo imponiéndose a los demás, una autoconciencia se valida a sí misma.


La conciencia dominadora es referida por Hegel como el señor, y la conciencia dominada como el siervo. El señor depende del siervo, porque es quien le reconoce como señor... si no, sería simplemente un solus rex más... El señor, a su vez, le permite al siervo ser, el cual depende del señor. El señor, como ganador de la lucha, goza del objeto que el siervo transforma. Esto es, el siervo es el que se enfrenta directamente con el objeto, el cual le llega transformado al señor por medio del siervo. Pero es por transformar al objeto que el siervo puede evolucionar mientras que el señor se conforma con gozar, y entonces se pueden invertir los papeles. El señor encuentra la verdad de la certeza de sí mismo en el reconocimiento del siervo.
Para el siervo, el señor es su esencia, el cual determina la verdad del siervo. Al no tener control sobre su propio destino, la autoconciencia servil se siente angustiada. Pero, al servir, tiene un contacto con el objeto, lo cual le da la oportunidad de superarse, a través del trabajo.
El trabajo es formativo. Como el señor no trabaja, se atrofia y no puede evolucionar. Y "la conciencia que trabaja llega (...) a la intuición del ser independiente como de sí misma". Así, a través del trabajo la conciencia servil puede ganar conciencia de sí misma, en sí y para sí, y por lo tanto, su independencia y libertad. Pero si no hay formación, la conciencia servil no podrá evolucionar y alcanzar su libertad. Podríamos decir que la fomración no se da cuando la conciencia servil está conforme, al no sentir angustia, con su condición.
A través de esta dinámica de autoconciencias convirtiéndose en señores y siervos y señores y siervos, es que la humanidad evoluciona. Un eterno conflicto en eterno movimiento. ¿Podría haber en una sociedad conciencias sólo señoriles y/o sólo serviles? Sí, sólo cuando sean al mismo tiempo señoriles y serviles, aunque esto puede ser en distintas escalas. De hecho, podría decirse que todas las autoconciencias son en cierta medida señoriles y en cierta medida serviles.
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1. Podemos marcar una frontera entre el ser en sí y el ser para sí, pero ¿es difusa esta frontera? ¿qué tan separados están?

lunes, 12 de noviembre de 2007

Debate Hegeliano

HEGEL Y SU SISTEMA FILOSÓFICO.

Jorge Guillermo Federico Hegel (1770-1831), figura máxima de la filosofía alemana, nació en Stuttgart; su padre era un alto funcionario del gobierno prusiano. Cursó sus estudios superiores en la universidad de Tubinga.
Hegel, acogió con simpatía la etapa girondina de la revolución francesa (republicanos moderados), pero no así a los jacobinos, a los partidarios de Marat, Dantón y Robespierre.
Hegel, era opositor del movimiento revolucionario del pueblo, que aparecía ya a la vida política en la misma Alemania, aunque no rechazaba de plano, el papel histórico de la revolución francesa; en sus primeras obras, apunta a veces, un sentimiento de simpatía hacia los cambios recolucionarios.
Entre 1801 y comienzos de 1807 se desempeña como profesor de la Universidad Jena. En esta época, es cuando Hegel se orienta hacia la creación de su sistema idealista objetivo. Las tesis principales de su doctrina, y su método filosófico, en este tiempo, se expone en su obra Fenomenología del Espíritu (1807).
En 1808, llega a Nuremberg, donde se hace cargo de la cátedra de filosofía y director del Gimnasio (preparatoria). Durante su estancia en Nuremberg (1808-1816), escribe Propedéutica Filosófica 1809-1811) y la Ciencia de la Lógica (1812-1816). A partir de 1816, se desenvuelve como profesor de Filosofía en la Universidad de Heidelberg. Durante el “período” de Heidelberg, se publica su Enciclopedia de las Ciencias Filosóficas (1817).
En 1818, invitado por el gobierno de Prusia, pasa a ocupar la cátedra de filosofía, de la Universidad de Berlín; donde se convierte en el filósofo oficial prusiano. “Durante el período de Berlín”(1818-1831), publica la Filosofía del Derecho ( 1821). Después de su muerte aparecieron: Lecciones sobre Historia de Filosofía (1833-36); Filosofía de la Historia (1837); Lecciones de Estética o Filosofía del Arte (1836-1838), y otras obras.
La filosofía de Hegel, es la culminación del idealismo alemán de fines del siglo XVIII y comienzo del XIX , que con ella alcanza su cima más alta.
Hegel resuelve el problema fundamental de la filosofía, partiendo del idealismo objetivo. (Sistema filosófico que considera como fuente primera del mundo, la conciencia impersonal, la cual existe objetivamente, como idea absoluta, razón universal, espíritu universal, etc. Separa la conciencia del hombre de la naturaleza, la convierte en algo absoluto, la deidifica. Considera el mundo material, como un producto de la actividad de una conciencia suprahumana, tal como el “otro ser del espíritu"). El fundamento de todos los fenómenos de la naturaleza y de la sociedad, es el espíritu universal. Según Hegel, el espíritu universal es lo primario, es eterno; la naturaleza es lo secundario y derivado respecto del espíritu. Hegel lo denomina también idea absoluta, “espíritu absoluto” y conciencia de dios .
Hegel presta atención singular a los problemas de la dialéctica del Concepto o del Pensar. Partiendo de Kant, Fichte y Schellig, crea su propio método dialéctico, que es una de las más grandes realizaciones de toda la historia de la filosofía.
Hegel, fue el primero en representarse el mundo como un proceso de movimiento universal, de desarrollo, desde los escalones inferiores, hasta los superiores, cuya fuente de movimiento son las contradicciones inherentes a todos los fenómenos. Con su método dialéctico, Hegel ha ejercido una influencia sustancial en el pensamiento filosófico moderno.
Desarrolló la dialéctica sobre la idealista. A su juicio, el movimiento, el desarrollo, existe únicamente porque todo se halla dirigido, por cierta conciencia sobrenatural, por la razón universal, la cual piensa, crea los conceptos, se autorreconoce a través de su movimiento y engendra la naturaleza y la sociedad, en este proceso de movimiento.
Hegel se opone a la afirmación agnóstica de Kant, de que las “cosas en sí” se encuentran “más allá” de nuestro pensamiento, es decir, de que son incógnocibles. Hegel, afirma que el pensamiento es capaz de conocer la verdad.

A diferencia del Idealismo Subjetivo (el cual considera que todo lo que nos rodea es creado por las actividades psíquica del hombre), el Idealismo Absoluto de Hegel, admite la existencia de la tierra, de la naturaleza, del mundo físico del hombre, independiente de la actividad psíquica; considerando únicamente a la naturaleza, como el “ser otro” de la idea absoluta.
Por otra parte, a diferencia del Idealismo Objetivo de Schelling, que describía a la naturaleza como manifestación de una fuerza espiritual irracional, Hegel toma como base de todos los fenómenos naturales, el Espíritu Universal, “racional” y “lógico”.
La elaboración del Método Dialéctico, le da a Hegel, un mérito histórico en el desarrollo de la filosofía posterior. “Esta filosofía alemana contemporánea -escribe Engels- ha encontrado su culminación en el sistema de Hegel, el gran mérito que consiste en que, por vez primera, presentó todo el mundo natural, histórico y espiritual en forma de proceso, es decir, de continuo movimiento, cambio, transformación y desarrollo; y trató de encontrar la relación interna de este movimiento y desarrollo”.
El sistema metafísico de Hegel, se hallaba en contradicción con su método Dialéctico; esta contradicción impregna toda su filosofía. Hegel, filósofo idealista objetivo, era enemigo de la concepción materialista del mundo y un defensor convencido de la religión.

EL SISTEMA FILOSOFICO DE HEGEL, SE COMPONE DE TRES PARTES:

1) Lógica.- 2) Filosofía de la Naturaleza.- y 3) Filosofía del Espíritu.
La primera parte, la Lógica, trata del ser; abarca tres secciones: Cualidad, Cantidad y Medida. En ella expone el pensamiento dialéctico, del tránsito de la cualidad a la cantidad y viceversa; en la segunda, enuncia su doctrina del carácter contradictorio del desarrollo (ley de los contrarios); en la tercera sección de la Lógica, resume la concepción del desarrollo, como “negación de la negación”.
El esquema de la Dialéctica Idealista Hegeliana de los conceptos, es la tríada siguiente: primer miembro de la tríada, TESIS; segundo, negación de la tesis, ANTITESIS; tercero, negación de la antítesis o “negación de la negación” SINTESIS.

Para calificar lo anterior, “Tomemos como ejemplo el huevo que una gallina pone e incuba, sabemos que en el huevo está el germen, que a cierta temperatura y en determinadas condiciones, se desarrolla. De este germen al desarrollarse, nacerá un pollito; de suerte que, así, este germen ya es la negación del huevo. Comprobamos claramente, que en el huevo existen dos fuerzas: la que tiende a que continúe siendo huevo, y la que tiende a que se convierta en pollito. El huevo está, pues, en desacuerdo consigo mismo, al igual que todas las cosas, están en desacuerdo con ellas mismas.
Una cosa empieza por ser una afirmación que nace de la negación .
El pollito es, por tanto, una afirmación surgida de la negación del huevo. He aquí una fase del proceso. Pero la gallina será la transformación del pollito, y en esta transformación, habrá una contradicción entre las fuerzas que luchan, para que el pollito se transforme en gallina. La gallina será, por tanto, la negación del pollito, que procedía a su vez de la negación del huevo.
Entonces, la gallina es; en ese caso, la negación de la negación. Y ésta es la marcha general de las fases de la dialéctica:

1.- Afirmación, se llama también TESIS.
2.- Negación o ANTITESIS. Y
3.- Negación de la negación o SINTESIS.

La segunda parte del sistema filosófico de Hegel -La Filosofía de la Naturaleza- es una fantástica representación de la emanación de la Idea Absoluta, en la suprema forma “final” de la naturaleza.
Hegel, no ve en la naturaleza, más que el “ser otro” de la Ideal, por ello, priva al organismo de autodesarrollo, con lo que niega el tránsito de una esfera de la naturaleza a otra; niega la evolución de las especies vegetales y animales, que considera como formaciones terminadas, salidas ya de un modo acabado, de las manos de su creador absoluto.

La tercera parte del sistema filosófico de Hegel, es la Filosofía del Espíritu, la cual, según él, trata del espíritu universal, que retorna de la esfera de la naturaleza “a sí”.
La teoría de la sociedad, expuesta en la Filosofía del Espíritu y en otras obras afines, contiene valiosas ideas dialécticas sobre el desarrollo histórico de la vida social. A Hegel, pertenece la profunda idea dialéctica, de que el proceso histórico, está sujeto a las leyes. La sociedad civil, el Estado y las ideas jurídicas, estéticas, religiosas y filosóficas han recorrido, según la dialéctica Hegeliana, un largo camino de desarrollo histórico.

Hegel, concibe todo el mundo de la naturaleza, de la historia y del espíritu como un proceso, es decir, en constante movimiento, cambio, transformación y desarrollo.
Hegel, ha formulado ese programa gigantesco de presentar el universo entero de la naturaleza, la historia y el espíritu, como un todo único, completamente penetrado por la razón y que se desarrolla como un organismo único.

En toda la filosofía hegeliana, se impone un sentido absolutamente racional; porque para Hegel, lo absoluto -que es el punto de partida siempre- es la razón . Eso es lo absoluto. Una de sus obras, Filosofía del derecho, en su prefacio contiene su famosa tesis:
“Lo que es racional es real, y lo que es real es racional”.

A la pregunta metafísica -¿qué es lo que existe?- Hegel contesta: existe la razón . Todo lo demás, son fenómenos de la razón, manifestaciones de la razón . La razón es concebida por Hegel como una potencia dinámica, llena de posibilidades, que se van desenvolviendo en el tiempo; la razón es concebida, no tanto como razón, sino más bien como razonamiento.
Manuel García Morente (1886-1942), filósofo español, dice; “pensar un momento en lo que significa razonar, en lo que quiere decir pensar; consiste en proponer una explicación, discurrir o meditar sobre un concepto, en formular mentalmente una tesis, una afirmación, a ponerle objeciones, a oponerse a ella, ¿ mediante qué?, mediante otra afirmación igualmente racional, pero antitética de la anterior, contradictoria de la anterior"

Esa antítesis de la primera tesis, plantea a la razón un problema insoportable; es menester que la razón haga un esfuerzo, para hallar un tercer punto de vista, dentro del cual, esta tesis y aquella antítesis quepan en unidad; y así, continuamente, va sacando la razón, por medio del razonamiento, de sí, un número infinitamente vasto de posibilidades racionales insospechadas.
La razón, pues, es el germen de la realidad. Lo real es racional y lo racional es real; porque no hay posición real, que no tenga su justificación racional, como no hay tampoco posición racional que no esté, o haya estado, o haya de estar en lo futuro realizada”....García Morente, 100 años después, está aplicando la dialéctica hegeliana del pensar.
Concluyendo, la dialéctica fue expedida por Hegel, que supo comprender el cambio habido en las ciencias. Volviendo a la antigua idea de Heráclito, comprobó, ayudado por los adelantos científicos de su tiempo, que en el universo todo es movimiento y cambio; que no hay nada aislado, sino que todo depende de todo, y así mejoró la dialéctica.

De suerte que a causa de Hegel, hablamos hoy de movimiento dialéctico del mundo. En primer lugar, tomó el movimiento del pensamiento y lo denominó naturalmente dialéctico, porque se trataba de un progreso del espíritu, por el choque de las ideas, la discusión.
Hegel, da principal importancia al espíritu y, por tanto, cree que son los cambios del espíritu, los que producen los cambios en la materia. Para Hegel, el universo es la idea materializada, pero él cree que está primero el espíritu que descubre el universo. Comprueba, sin embargo, que el espíritu y el universo están en perpetuo cambio y llega a la conclusión, de que las mutaciones del espíritu, determinan los cambios de la materia.
Hegel, fue sin duda, uno de los más grandes filósofos clásicos alemanes, fue, sin proponérselo, el maestro de Marx y de Engels.
Engels, dijo: “Con Hegel, la dialéctica se hallaba de cabeza abajo, había que ponerla sobre sus pies”.

Engels, en 1874, escribió en el prefacio de La guerra de los Campesinos: “Sin Hegel, el socialismo científico, jamás hubiera existido”.

Marx, consagró todo un libro, sus manuscritos de 1844, para analizar la filosofía de Hegel.
Lenin, dedicó una gran obra, sus “Cuadernos Filosóficos” al estudio y a la crítica minuciosa de La Lógica de Hegel.
En ellos escribió: “ No es posible aprender plenamente El Capital de Marx, sin haber comprendido a fondo y asimilado la Lógica de Hegel”.
Hegel y su doctrina filosófica, es y seguirá siendo, motivo de estudio, de admiración y reconocimiento. Esta es una de las razones por las cuales los profesores Carlos Pérez y Juan Ormeño animarán una Mesa Redonda en torno a este gran pensador, de quien se cumple hoy el Bicentenario de la Fenomenología del Espíritu.


El debate
Es posible una Fenomenología del Espíritu,
se realizará el 28 de Noviembre de 2007, a las 19 horas, en al Auditorio de Psicología de la Universidad Diego Portales, Vergara 275, primer subterráneo.